Proceso de Contrataciones Públicas

Consulta de Precios

Se puede proceder por Consulta de Precios:

  1. En el caso de adquisición de bienes o prestación de servicios, si el contrato a ser otorgado es por un precio estimado de hasta cinco mil unidades tributarias (5.000 UT.).

    En la modalidad de Consulta de Precios, la Unidad Contratante (Departamento de Adquisición y Centros de Compras) deberá coordinar las actividades previas a la contratación, seleccionar los participantes, efectuar las invitaciones, recibir las ofertas y preparar el informe de recomendación para la adjudicación. En los procedimientos  que por su cuantía superen los dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 UT.), para la adquisición de bienes o prestación de servicios y diez mil unidades tributarias (10.000 UT.), para la ejecución de obras, someterá el expediente estructurado a la Comisión de Contrataciones para su conformación de acuerdo a lo establecido en el Artículo 75 de la Ley de Contrataciones Públicas.
     

  2. En el caso de ejecución de obras, si el contrato a ser otorgado es por un precio estimado de hasta veinte mil unidades tributarias (20.000 UT).

Concurso Cerrado

Puede procederse por Concurso Cerrado:

  1. En el caso de la adquisición de bienes o prestación de servicios, si el contrato a ser otorgado es por un precio estimado superior a cinco mil unidades tributarias (5.000 UT) y hasta veinte mil unidades tributarias (20.000 UT).
     
  2. En el caso de construcción de obras, si el contrato a ser otorgado es por un precio estimado superior a veinte mil unidades tributarias (20.000 UT) y hasta cincuenta mil unidades tributarias (50.000 UT).

Concurso Abierto

Debe proceder por Concurso Abierto o Concurso Abierto Anunciado Internacionalmente.

  1. En el caso de adquisición de bienes o contratación de servicios, si el contrato a ser otorgado es por un monto estimado superior a veinte mil unidades tributarias (20.000 UT).
     
  2. En el caso de construcción de obras, si el contrato a ser otorgado es por un monto estimado superior a cincuenta mil unidades tributarias (50.000 UT).